lunes, 26 de abril de 2010

CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE


CONCEPTO

La cuenta corriente bancaria es un contrato en virtud del cual un Banco se obliga a cumplir las órdenes de pago de otra persona, hasta la concurrencia de las cantidades de dinero que hubiere depositado en ella o del crédito que se haya estipulado. El Art.1o. Del Reglamento de aplicación del cheque trata sobre la apertura de Cuentas Corrientes.

Elementos Fundamentales.
1.- el depósito.
2.- El giro de órdenes de pago llamadas cheques.

Utilidades del Contrato de Cuenta Corriente.
Es útil para ambas partes, para el Girador porque tiene seguridad en la guarda de su dinero y comodidad para hacer pagos y cobros.
Para el Banco, porque estos dineros sirven de respaldo a sus operaciones.

Efectos del Contrato de Cuenta Corriente.
1.- El Banco debe cumplir las órdenes de pago de su cliente, hasta lo que aquel tiene depositado.
2.- Acreditar a su cuenta, el dinero que éste o un tercero lo deposite.
3.- Llevar una cuenta arreglada y detallada del movimiento del dinero.
4.- Entregar a su cliente talonario de cheques.
5.- La responsabilidad por extravíos y falsificaciones de los cheques, depende acorde a la responsabilidad del Girador o del Girado y esto se encuentra regulado en el Art. 60 de la Ley de Cheques.
6.- Como todo mandatario el Banco está obligado a rendir cuenta, por tal mensualmente o cuando lo solicite el girador deberá hacerlo.

Obligaciones del Cuentacorrentista.
1.-
Proveer de fondos suficientes al Girado, con el objeto de que pueda atender a sus órdenes de pago.
2.- Girar los cheques en los talonarios entregados al efecto.
3.- No girar cheques sin fondos y si así lo hace el Banco puede y debe cerrar la cuenta corriente, acorde a lo señalado en el Art. 10 del Reglamento.
4.- El Girador debe cuidar su chequera y así debe dar aviso en caso de pérdida o sustracción;
5.- Verificar que esté en orden su cuenta corriente.
Terminada la cuenta corriente se practica la liquidación de la misma, opera la compensación y se determina el saldo y la persona del acreedor y del deudor.

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